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viernes, 10 de enero de 2014

Modificaciones UIF – Nuevos montos y más obligaciones


En el día de la fecha fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 3/2014 de la Unidad de Información Financiera (UIF).

La norma modifica, por un lado, el monto establecido en el artículo 2 inciso e), apartado B de la Resolución 65/2011, elevando el monto del activo de las entidades de 8.000.000 (ocho millones) a 10.000.000 (diez millones) de pesos.

Por otro lado establece, para todos los sujetos obligados, que cuando estos operen con otros sujetos obligados deberán solicitarles una declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, junto con la  correspondiente  constancia  de  inscripción  ante  la UIF. En el caso que no puedan acreditar tales condiciones se deberán aplicar “medidas de debida diligencia reforzadas”.

Adicionalmente la norma incorpora un anexo a la Resolución 70/2011 que establece un reporte de todos aquellos clientes que no hubieran dado cumplimiento a las solicitudes citadas en el párrafo anterior. 

Este reporte deberá realizarse a partir de marzo, en forma mensual y presentarse hasta el día 15 de cada mes.

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