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viernes, 7 de enero de 2011

Novedades FACPCE – Nuevas normas

Con la intención de empezar a poblar este blog comenzaré con un reporte de las novedades surgidas en torno a la normativa contable. Entre dichas  novedades se pueden encontrar la reciente aparición de dos nuevas resoluciones, las mismas son:
RESOLUCIÓN TÉCNICA Nº 28: Surgida a partir del Proyecto de Resolución Técnica Nº20 del CECYT, fue aprobada por la Junta de Gobierno el 1 de octubre de 2010. La misma trata las modificaciones a las Resoluciones Técnicas Nº8 y Nº16 incluyendo el concepto de impracticabilidad al momento de presentar la información comparativa.
Por el lado en la Resolución Técnica Nº16 se suma el concepto de impracticabilidad a las restricciones a la obtención de información contable (que hasta la fecha solo eran Oportunidad y Equilibrio entre costos y beneficios)
Con respecto a la Resolución Técnica Nº8 se modifican la sección E del Capítulo II (Información comparativa), la sección F del Capítulo II (Modificación de ejercicios anteriores) y la sección B del Capítulo VII (Descripción de la información a incluir). En estos casos se plantean las adecuaciones de la norma a las condiciones y requisitos a cumplir en la presentación de los Estados Contables.
La vigencia de esta norma es a partir de los ejercicios iniciados desde su promulgación (o sea los iniciados el 01/01/2011).
Para ver esta y otras resoluciones de la FACPCE hay que entrar a http://www.facpce.org.ar:8080/miniportal/ y registrarse en dicho micrositio.
RESOLUCIÓN TÉCNICA Nº 29: Surge a partir del Proyecto de Resolución Técnica Nº19 del CECYT, fue aprobada por la Junta de Gobierno el 3 de diciembre de 2010. Esta resolución trata modificaciones a la Resolución Técnica Nº26 (en adelante RT 26).
Dentro de sus modificaciones encontramos un punto que era muy esperado ya que generaba muchas inquietudes en la profesión. Recordemos que la RT 26  establecía la aplicación obligatoria de las NIIF´s (Normas Internacionales de Información Financiera) para los entes con oferta pública de valores (y la aplicación opcional para el resto de los entes) a partir de los ejercicios iniciados el 01/01/2011.
Como los entes con oferta pública de valores se encuentran bajo la órbita de la CNV se necesita una resolución de este organismo que aceptara la presentación de EECC de acuerdo con la RT 26. Dicha resolución de la CNV salió a la luz el 29/12/2009 bajo el número 562/2009, pero con la particularidad que se establecía vigencia a partir de los ejercicios iniciados el 01/01/2012, exactamente un año después que la norma de la FACPCE.
De allí aparece la necesidad de una aclaración de las fecha por parte de la FACPCE ya que nos encontramos con un ejercicio (el 2011) con dos normas contables de presentación vigente (la RT 26 para la FACPCE y las anteriores para la CNV).
Lo que es difícil comprensión es por qué tuvimos que esperar hasta el 3 de diciembre de 2010, a solo días de la entrada en vigencia de la norma, cuando el proyecto de resolución fue enviado a consideración general en marzo de 2010, o sea, una muestra más de la "prolijidad" argentina en materia de cambios normativos.
Entiendo, y es una opinión meramente personal, que fue otro de los puntos contenidos en la RT 29 lo que originó la demora, y el mismo es la posibilidad de optar por aplicar las NIIF para Pymes para aquellos entes que no hagan oferta pública de valores, generando así, al día de hoy, la coexistencia de tres juegos de normativa para entes, a saber:
Tipo de ente
Normativa Aplicable
Con oferta pública de valores
NIIF Full
Otros Entes
NIIF Full (Optativa)
NIIF para Pymes (Optativa)
RT’s FACPCE actuales
Lo más interesante de este punto es que, al mismo tiempo que se presenta la posibilidad de aplicar la normativa internacional para pymes, la FACPCE tiene en estudio un proyecto de norma propio para pymes y micro pymes (del cual solo algunos datos salieron a la luz) con la intención de “alivianar” la RT 17 y las normas de presentación de EECC, es decir un proyecto destinado al mismo espectro de entidades abarcado por la NIIF para Pymes.
¿Puede que la intención de la FACPCE haya sido generar la repercusión de la adopción de las NIIF´s para Pymes, sin tener real intención de que las mismas sean aplicadas?, es una posibilidad que está dando sus resultados ya que se puede ver la repercusión en, a modo de ejemplo, una web profesional del exterior.
Seguramente el tiempo nos dirá que es lo que nos depara en normas para Pymes.
Dentro de las restantes modificaciones se encuentran adecuaciones de normas (sobre información comparativa, información complementaria, períodos intermedios, aplicación por primera vez, etc.) y cabe hacer mención a una consideración especial para el tratamiento de participaciones en otros entes en los EECC individuales (cabe recordar que en las NIIF´s no se plantea la posibilidad de aplicar VPP).
La vigencia entonces de esta norma (y por ende nueva vigencia de la RT 26) es a partir de los ejercicios iniciados el 01/01/2012, permitiendo la aplicación anticipada (tanto de las NIIF Full como de las NIIF para Pymes) para el ejercicio 2011.
Hasta la fecha no tengo conocimiento de la aceptación (o no) de la RT 26 por parte de la Inspección General de Justicia (IGJ) y de las diversas Direcciones de Personas Jurídicas del interior del país.
Cabe hacer la aclaración que la norma en cuestión todavía no se encuentra publicada en  http://www.facpce.org.ar:8080/miniportal/ pero si se hace mención a la misma en diversos portales de contenido profesional.
Obviamente se esperan sus comentarios, observaciones, críticas, etc. que hagan de este un blog más enriquecedor para todos.

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