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miércoles, 24 de abril de 2013

Provincia de Buenos Aires aprueba el balance social

A través de la Resolución CD Nro. 3490 el Consejo Directivo del CPCEPBA ha aprobado como norma profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires la Segunda Parte de la Resolución Técnica Nro. 36 “Normas Contables Profesionales: Balance Social” con vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2013, admitiéndose su aplicación anticipada desde los ejercicios iniciados a partir del 1° de diciembre de 2012.
 
A su vez y mediante la misma resolución se aprobó como norma profesional la Interpretación N° 6 de Normas de Contabilidad y Auditoría sobre “Auditoría o Revisión del Balance Social” con vigencia para la auditoría o revisión de los Balances Sociales con la misma vigencia.
Adicionalmente se emitió la Resolución CD Nro. 3491, por la que se modifico la redacción del Artículo 1° de la Resolución CD Nro. 3455, norma que fuera emitida al momento de aprobar la Resolución Técnica Nro. 31 “Normas Contables Profesionales: Modificación de las Resoluciones Técnicas Nros. 9, 11, 16 y 17. Introducción del modelo de revaluación de bienes de uso excepto activos biológicos”. Esta nueva resolución limita la aplicación anticipada para los estados contables de ejercicios o de períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de julio de 2010.
Por lo tanto quedan pendientes de aprobación a la fecha toda la nueva normativa referida a los cambios en auditoría (Resoluciones Técnicas Nros. 32, 33, 34, 35 y la reciente 37)

jueves, 20 de diciembre de 2012

Nuevas Resoluciones Técnicas 32, 33, 34, 35 y 36 – Combo de fin de año


El pasado 30 de noviembre se desarrolló en Villa Carlos Paz (Provincia de Córdoba) la Junta de Gobierno de la FACPCE.

Se sabía que en la misma se habían aprobado varios de los proyectos de resolución técnica (entre ellos la adopción de las NIA´s y el de Balance Social), pero no se tenían más avances al respecto.

En el día de ayer la FACPCE publicó en su sitio web las nuevas Resoluciones Técnicas aprobadas, que son las siguientes:

Resolución Técnica Nro. 32  - Adopción de las NIA del IAASB de IFAC

Adopta las NIA en forma obligatoria para aquellos estados financieros que se preparan obligatoriamente con NIIF, siendo optativa para el resto de los Estados pueden aplicarse las NIA.

Cabe tener en cuenta que el auditor que obligatoria o voluntariamente aplique esta  RT, debe también cumplir con la aplicación de la RT 34 en relación con los requisitos de control de calidad e independencia.

Es obligatoria para los estados financieros iniciados el 01/07/2013, permitiendo su aplicación en forma anticipada.


Resolución Técnica Nro. 33  - Adopción de las NI de Encargos de Revisión del IAASB de IFAC

Adopta las Normas Internacionales de Encargos de revisión para períodos intermedios, pero no se adoptan para ejercicios completos.

El auditor que obligatoria o voluntariamente aplique esta  RT, debe también cumplir con la aplicación de la RT 34 en relación con los requisitos de control de calidad e independencia.

Obligatoria ejercicios iniciados desde el 1.7.2013 cuyos estados financieros de ejercicio completo se auditen con las NIA (RT 32). Se permite su utilización anticipada.


Resolución Técnica Nro. 34  - Adopción de las Normas Internacionales de Control de Calidad y Normas sobre Independencia
Adopta la Norma internacional de Control de Calidad N° 1 (Describe las responsabilidades de una firma sobre su sistema de control de calidad para auditorías y revisiones de estados financieros y otros trabajos de aseguramiento y otros servicios relacionados).
Adopta las Normas de Independencia incluidas en el Anexo de esta RT, sobre la base del Código de Ética Internacional

Es de aplicación obligatoria para todo contador que manifieste haber realizado servicios profesionales de acuerdo con las RT 32, 33 y 35. Para el resto de los contadores es voluntaria.


Resolución Técnica Nro. 35  - Adopción de las NI de Encargos de aseguramiento y servicios relacionados del IAASB de la IFAC

Adopta las Normas Internacionales de Encargos de Aseguramiento (NIEA), las Normas Internacionales de Servicios Relacionados (NISR) y las Notas Internacionales de sus prácticas.
Los servicios incluidos en esta Resolución pueden prestarse en forma inmediata a su aprobación pero el auditor que aplique esta RT debe cumplir con la RT 34. Y deberá contar con la misma independencia requerida para una auditoría.
Resolución Técnica Nro. 36  - Normas Contables Profesionales: Balance Social
Establece criterios para la preparación y presentación del Balance social. Incluye el Estado de Valor Económico Generado y Distribuido (con un Modelo) y los indicadores de la Guía GRI


Es opcional para todo tipo de entes y su aplicación es desde los ejercicios iniciados el 01/01/2013, permitiéndose su aplicación anticipada.

Adicionalmente se aprobó también la Interpretación 6 de Auditoría o revisión de Balance Social, la misma es una guía de procedimientos a aplicar para la emisión del informe.
Por lo tanto de los proyectos que estaban sin resolver aún quedan pendientes:

En la misma Junta de Gobierno se decidió el envío a consulta de otro juego de normas, pero eso ya será parte de otro post.
Lo que está claro es que la FACPCE  nos ha dejado un voluminoso material para “disfrutar” entre las fiestas y el próximo período vacacional, por lo que (y entiendase la ironía) no hay escusas para aburrirse!!!

martes, 10 de mayo de 2011

Novedades FACPCE - Normas en Consulta – Proyecto Nro. 6 de Interpretación sobre “Auditoría de Balances Sociales”

En días pasados la FACPCE aprobó el Proyecto Nro. 6 de Interpretación sobre “Auditoría de Balances Sociales” con un período de consulta de cuatro meses (finalizando el 31/08/2011).


El proyecto en cuestión tiene el objetivo de proveer “guías sobre diversos aspectos a considerar para la definición de los procedimientos a aplicar en el caso de una auditoría o revisión de Balances Sociales y la emisión del Informe de verificación que emita el auditor sobre cifras e información presentada por las organizaciones que presenten sus memorias de sostenibilidad.”


Como otras interpretaciones emanadas por la FACPCE tiene el formato de preguntas y respuestas.

Para más información se puede consultar el proyecto en: http://www.facpce.org.ar/web2011/Noticias/noticias_pdf/proyecto_6_BS.pdf

miércoles, 4 de mayo de 2011

Balance Social - Harvard anticipa los beneficios de los Reportes de RSE obligatorios


Los académicos Ioannis Ioannou (London Business School) y George Serafeim (Harvard Business School) publicaron el paper "The Consequences of Mandatory Corporate Sustainability Reporting" donde analizaron los efectos que tiene volver obligatorios los Reportes de Sustentabilidad en las prácticas de RSE, en base a datos de 58 países con escenarios diferentes. Los autores concluyen que las consecuencias son beneficiosas en lo que respecta a la implementación estratégica, la capacitación de los empleados, la merma de la corrupción y la mejora de los sistemas de control corporativo.   

"Encontramos que estos efectos son mayores para los países que tienen fuertes mecanismos de aplicación, los países donde la seguridad de los datos de la sostenibilidad es más frecuente, y en los países más desarrollados", expresan los investigadores.

"(Los reportes obligatorios) pueden cambiar el comportamiento de las empresas"

Según el paper, "estos hallazgos sugieren que los informes de sostenibilidad no sólo aumentan la transparencia, sino que también pueden cambiar el comportamiento de las empresas. La divulgación de la información de ESG (Ambiente, Social, Gobierno) fuerza a las empresas a manejar estos asuntos de manera eficaz a fin de evitar tener que revelar rendimientos negativos a sus partes interesadas".

Si un mejor rendimiento ESG proporciona una ventaja competitiva y conduce a un mayor valor económico, como han argumentado Porter y Kramer en 2011, la presentación de informes podría aumentar el valor económico producido por una empresa, concluyen Iannou y Serafeim.

viernes, 29 de abril de 2011

Novedades FACPCE – Normas en Consulta – Proyecto de Resolución Técnica Nro. 23 - Balance Social

El pasado 1ro de abril la Junta de Gobierno de la FACPCE, reunida en Jujuy, aprobó el Proyecto Nro. 23 de Resolución Técnica sobre Balance Social y fijo un período de consulta por seis meses (hasta el 13/10/2011).


Dicho proyecto pretende unificar los criterios para presentar información adicional a los estados financieros de los entes interesados en mostrar aspectos referidos al Balance Social o sea la forma en que la organización contribuye a nivel local, regional o nacional.


Es por ello que las normas contenidas en esta Resolución Técnica se aplican a la preparación de Balances Sociales, cuando la organización haya optado por su elaboración, a ser presentados a terceros por todo ente (público o privado) con o sin fines de lucro, con objeto industrial, comercial o de servicios.


Al respecto la norma refiere que “existen diversos modelos metodológicos para elaborar balances sociales (OIT. Eurostat, Ethos-IARSE, GRI, etc.), pero actualmente se registra una tendencia hacia la adopción de una metodología común. Esta tendencia está marcada por el trabajo que viene desarrollando el Global Reporting Initiative (GRI), cuya misión es desarrollar lineamientos metodológicos comunes para que las empresas, gobiernos y organizaciones no gubernamentales puedan informar sobre su desempeño económico, ambiental y social.”


El Balance Social incluye a la “Memoria de Sostenibilidad” y el EVA “Estado de Valor Agregado”.
La Memoria de Sostenibilidad se confeccionará en base a las pautas y principios establecidos en la Guía para la confección de Memorias de Sostenibilidad elaborada por el Global Reporting Initiative (GRI). A los mismos se referencian en el Anexo II de la norma.

El EVA deberá “proporcionar, a los usuarios, informaciones relativas al valor agregado generado por el ente en determinado período y la forma en que dicho valor fue distribuido” y establece que “es un estado económico financiero, histórico, que muestra el valor económico generado por una unidad productiva y simultáneamente revela como se distribuye entre los diversos grupos sociales que han contribuido a su creación”.
La distribución del valor agregado generado debe ser detallado, mínimamente, de la siguiente manera:
a. Remuneraciones al personal.
b. Remuneraciones al personal directivo y ejecutivo.
c. Al estado (impuestos, tasas y contribuciones).
d. Retribuciones al capital de terceros.
e. Retribuciones a los propietarios.
f. Otras.
g. Ganancias retenidas.

La norma presenta adicionalmente un glosario de términos y anexos con modelos de presentación.

Para más información se puede acceder a:


Fuente: FACPCE

miércoles, 9 de marzo de 2011

Por los Consejos Noroeste – En Salta se logró un Importante reconocimiento de incumbencias de los Profesionales en Ciencias Económicas

Con fecha 31 de enero de 2011, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta emitió el Decreto 517 aprobando el Marco Conceptual de la Responsabilidad Social y Balance Socio Ambiental.
Dicha norma constituye un importantísimo antecedente en el reconocimiento de la incumbencia del Contador Público en la Auditoría del Balance Social y de los Profesionales en Ciencias Económicas en la preparación del mismo.

Tal como lo expresa en su articulado, el Decreto 517 exige la presentación del Balance Social para la obtención del Sello de Gestión Salteña Eco eficiente, instaurado para esa Provincia por la Ley Provincial 7163.

Dicho sello se obtiene luego de cumplir con cuatro etapas:
  1. Compromiso,
  2. Aptitud,
  3. Responsabilidad,
  4. Eficiencia. El cumplimiento de las etapas es certificada por el IRAM.
Para lograr la certificación de la etapa 3, se exige la presentación del Balance Social , el cual debe ser preparado con la intervención de diferentes profesionales de acuerdo a las incumbencias que para cada profesión señalan las respectivas leyes y señala que “la información así preparada será sometida a una auditoría practicada por Contador Público Independiente, quien emitirá su informe de acuerdo a normas profesionales cuya firma será certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta”

A su vez, ofrece incentivos económicos a aquellas empresas que decidan presentar el Balance Socio Ambiental.

Señalamos la importancia de este Decreto por cuanto:
  • Reconoce que la preparación del Balance Social es interdisciplinaria pero cada profesión debe atenerse a las incumbencias que sus leyes le asignan
  • Exige que el Balance Social sea auditado
  • Reserva con exclusividad la auditoría a los Contadores Públicos debidamente matriculados.
  • Consagra a la información Socio-Ambiental como requisito de eficiencia en la Gestión Empresaria.
Este decreto se alinea con el trabajo que vienen desarrollando las comisiones especiales en los Consejos Profesionales, como por ejemplo el Consejo de Salta y con el trabajo que, en nuestra Federación, realiza la Comisión de Balance Social y la Comisión Especial de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) con el desarrollo de las normas contables y de auditoría.


Fuente: FACPE