Según lo publicado hoy en la página web del CPCECABA se ha
postergado la entrada en vigencia obligatoria de la Resolución Técnica Nro. 37
y, en consecuencia, continúa vigente la Resolución Técnica Nro. 7 hasta el 30
de junio de 2014.
Originalmente la Resolución CD 60/2013 había aprobado la
vigencia obligatoria de la Resolución Técnica Nro. 37 desde los ejercicios
iniciados (o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados) el
1ro de enero de 2014.
Con la postergación dicha obligatoriedad se traslada a los
ejercicios iniciados el 1ro de julio de 2014.
A su vez, el mismo comunicado, hace la aclaración de que “para
los encargos de auditoría de EECC de ejercicios iniciados hasta la fecha
mencionada, al igual que para otras tareas que no son de auditoría, hasta el 30
de junio de 2014 este Consejo Profesional aceptará indistintamente los
informes profesionales confeccionados siguiendo las pautas de realización y
revisión dispuestas tanto por la RT FACPCE Nº 7 como por la RT FACPCE Nº 37
(por ser admitida su aplicación anticipada).” A tal fin el profesional deberá
dejar debidamente asentado en su informe o certificación que norma está
aplicando en el mismo.
Fuente: CPCECABA
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