Por medio de la Resolución 585/2011, publicada en el Boletín Oficial de la Nación el pasado 17 de marzo, se oficializó la incorporación al cuerpo normativo de la Comisión Nacional de Valores la exigencia planteada en el Consejo del Mercado Común del Sur (Mercosur) a través de la Decisión CMC Nº 31/10 que aprobó la "Reglamentación Mínima del Mercado de Capitales sobre la elaboración y divulgación de los estados financieros", para operaciones celebradas en el ámbito del Mercosur, con valores negociables de sociedades con oferta pública autorizada por los Estados Partes.
Por lo tanto, y tal como se establece en el artículo 1 de la resolución, “Las sociedades con oferta pública autorizada que deseen negociar sus valores en el ámbito del MERCOSUR deberán, a partir de los ejercicios iniciados en 2012, presentar sus estados financieros trimestrales y anuales, adoptando las normas internacionales de información financiera (NIIF) vigentes, de acuerdo con los pronunciamientos emitidos por la International Accounting Standards Board (IASB).”
La norma completa puede consultarse en el siguiente link: http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/180000-184999/180233/norma.htm
No hay comentarios:
Publicar un comentario