Dr. Martín Kerner |
En dicha entrevista el Dr. Kerner dejo sus impresiones sobre el Proyecto de Resolución Técnica Nro. 22. El mismo ya fue tratado con anterioridad en este blog (ver http://matiasbandin.blogspot.com/2011/05/novedades-facpce-normas-en-consulta_19.html)
Se transcribe a continuación la entrevista realizada por la Lic. Paula Martínez:
-¿Cuales son las principales modificaciones que se introducen a las normas actuales?
- La principal es una cuestión de forma, de cómo está estructurada la norma. En la actualidad es una norma general para todo tipo de entes y trae ciertas dispensas específicas para entes pequeños. El formato ahora cambia: una norma para EPYMy una norma diferente para los entes no EPYM. Ese es un cambio fundamental.
-¿Cambia la estructura?
- Además de lo anterior, cambia el formato interno de los rubros, que organizarán por secciones. Una de las críticas que tiene la norma actual (la RT 17, que este proyecto viene a reemplazar) es que hay referencias constantes con otras secciones, y eso genera dificultades de aplicación. La nueva norma lo incluye sección por sección. Es más extensa porque repite los mismos conceptos en cada una de las secciones, pero de esa forma se evitan las referencias.
-¿Es una norma más sencilla?
-Trae ciertas dispensas; las que ya tenía la norma argentina de la RT 17 y el anexo A y agregados que incluyó la junta de Gobierno en este proyecto. Por ejemplo, la segregación del componente financiero implícito al inicio y al cierre, la utilización de una tasa de mercado, el impuesto diferido que no sea obligatorio, el cálculo del costo de venta permitiendo diversas formas simplificadas y un cálculo simple del valor recuperable para ciertos bienes fijos. Ese tipo de simplificaciones son las que mayor impacto tienen en el nuevo proyecto.
-¿Qué tipo de definición se toma de EPYM?
- Se toman diversos parámetros, pero el central es el relativo a los ingresos anuales del año anterior al cual se presenta la información. Se fijaron$ 50 millones de pesos sobre la base del año 2009 (cifra que se puede ir actualizando) para categorizar como EPYM.
-Hubo críticas a este criterio…
-Una de las mayores críticas es que se toma un parámetro de ingresos anuales sin considerar otros como monto de activo, patrimonio o cantidad de empleados. Por otro lado, tener un umbral único genera que empresas muy similares pero que, por casualidad, difieren los ingresos en muy poco (por ejemplo, 49 millones una empresa y 51 millones otra) pueden quedar encuadradas en distinta clasificación, lo cual altera la comparabilidad. Eso también choca con que cada empresa tiene distintas actividades y los ingresos no suelen ser parámetros de comparación válidos (como comercio, industria, agro, etcétera).
-¿No se podrían tomar las definiciones que utiliza el Gobierno?
-Es que esas definiciones tienen diferentes objetivos. Nunca hemos adoptado esos criterios porque también los criticamos. Otro de los formatos que se analizó, que es el que trae la norma internacional, es tomar el criterio del usuario al cual va destinada la información. Sería el caso de una entidad, grande o chica, que tiene la obligación de rendir cuentas a terceros, porque cotiza, es un fideicomiso, una entidad financiera o de seguros, que toma dinero del público y lo tiene que devolver. En cambio, otra entidad que se maneja con su propio crédito, que sólo tiene como destinatarios principales a algunos bancos, un órgano de fiscalización y la AFIP, sus usuarios son muy limitados y no debería estar obligada a presentar tanta información como le deberíamos pedir a la otra.
-Algunos críticos señalan que tener otro juego de normas para entes pequeños implica tener normas de “menor calidad”. ¿Esto es así?
-Siempre se verifica que, cuando las normas contables se simplifican, pierden calidad técnica. Hasta hubo quienes consideraron que habría dos tipos de contabilidades, una de calidad superior y otra inferior, lo cual podría derivar en contadores “de primera” y contadores “de segunda”. Esa discusión, a nivel internacional ya se dio. La realidad no es de primera y de segunda, es distinta para una empresa multinacional que para un pequeño empresario que vende unos miles de pesos anuales. Y no se le puede exigir la misma información. Sí se puede perder calidad técnica, pero el usuario que recibe la información tampoco está necesitando toda esa información adicional.
-O sea que los entes pequeños no necesitan tanta complejidad.
-La queja actual de los contadores respecto a las normas actuales es que se les exigen criterios muy complejos. Sin embargo, son cuestiones que, habitualmente, las Pymes no las tienen, como el tratamiento de instrumentos derivados y coberturas, consolidación, partes relacionadas y otras, que una empresa pequeña no las debería tener. La diferenciación ya existe en la práctica. Entonces, la idea es que esas cuestiones más complejas vayan separadas. De todas formas, la intención es que este proyecto, si bien tiene simplificaciones, solo sean puntuales y, en el resto de los criterios, haya calidad técnica.
-¿Cómo se enmarca la iniciativa en las nuevas normas financieras internacionales (NIIF)?
-Actualmente, las normas internacionales están admitidas para aplicar a cualquier entidad en Argentina. Las NIIF tienen, incluso, normas para empresas pequeñas con el criterio de entes que no tienen obligación pública de rendir cuentas. Entonces cualquiera que quiera presentar información bajo un paraguas internacional, estimado de mejor calidad, lo puede hacer.
-¿Es similar en otros países?
-Hay otros países de la región como Chile que adoptaron las normas internacionales full o completas y la norma internacional para las Pyme, como alternativa, y a partir de 2015 no tendrán normas locales. Es otra realidad, porque allí no se requiere a todas las entidades que presenten estados contables, sólo aquellas que necesitan financiamiento a través de algún préstamo bancario o cotización. En Argentina, es diferente porque todas las empresas están obligadas a presentar estados contables.
-¿Cómo queda, entonces, la situación en Argentina?
-Tal como está el proyecto en consulta, quedará un esquema pensado en cuatro tipos de normas: las EPYM nacional, las no EPYM nacional, las NIIF completas y las NIIF para Pymes. Ese esquema cuádruple es complejo, sobre todo para los profesionales que quizá brindan servicio a varias empresas (las empresas sólo adoptan uno).
-¿Cómo se compatibiliza con la liquidación de impuestos?
-Actualmente en Argentina no existe el balance impositivo, hay presentación de liquidación del Impuesto a las Ganancias. Por lo tanto, la base siempre son los estados contables confeccionados con alguna de esas cuatro opciones de normas y de allí se realizarán los ajustes para arribar al resultado impositivo, por ello, los cambios de normas contables, aunque no lo quieran, terminan teniendo un impacto indirecto en los impuestos. Quizá una solución a esta temática es tener una norma de balance impositivo. No es algo nuevo, los doctrinarios lo vienen recomendado desde hace tiempo y, actualmente se está conversando con el órgano recaudador la posibilidad de tener normas respecto a esto.
-¿En qué estado está el proyecto de RT 22?
-Está en estado de consulta pública por ocho meses. En ese período se pueden recibir consultas y tratamientos como se dio en esta Jornada, donde cualquier usuario puede opinar si es o no conveniente algún aspecto de la norma. Luego, se reciben todas las consultas en el seno del Consejo Emisor de Normas de Contabilidad y Auditoría que depende de la Federación, éste las trata y eso puede derivar en un archivo del proyecto, en la modificación con un nuevo período de consulta o la aprobación con modificaciones. Todavía tenemos varios meses más de período de consulta y la intención es que haya eventos donde se analice el proyecto.
Fuente: CPCECBA