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viernes, 21 de febrero de 2014

Circular de Adopción NIIF Nro.6

La FACPCE dio a conocer, a través de su sitio web, la Circular de Adopción NIIF Nro. 6, la cual actualiza las normas internacionales en vigencia para aquellos entes que apliquen la Resolución Técnica Nro. 26.

La circular estará en período de consulta hasta el próximo 19 de marzo de 2014.

El resumen de las normas incluidas en dicha circular son las siguientes:


Normas Modificadas o reemplazadas
Norma
Titulo
Aprobación IASB
Vigencia
NIIF 9       
Instrumentos financieros
Noviembre 2013
Varias
NIC 36
Información a revelar sobre el importe recuperable de activos no financieros
Mayo 2013
01/01/2014
NIC 19
Planes de beneficios definidos: aportaciones de los empleados
Noviembre 2013
01/01/2014
Mejoras anuales
Norma
Titulo
Aprobación IASB
Vigencia
Ciclo 2010-2012
Mejoras a:  NIIF 2, NIIF 3, NIIF 8, NIIF 9, NIC 16, NIC 24, NIC 37, NIC 38, NIC 39
Diciembre de 2013
01/07/2014
Ciclo 2011-2013
Mejoras a:  NIIF 3, NIIF 13, NIC 40.
Diciembre de 2013
01/07/2014

Para acceder al texto completo de la circular: http://es.scribd.com/doc/208278807/Circular-de-Adopcion-de-NIIF-Nro-6

Para acceder al anexo con las normas modificadas: http://es.scribd.com/doc/208278801/Circular-de-Adopcion-de-NIIF-Nro-6-Anexo

jueves, 6 de febrero de 2014

Se posterga la aplicación de la RT 37 en CABA

Según lo publicado hoy en la página web del CPCECABA se ha postergado la entrada en vigencia obligatoria de la Resolución Técnica Nro. 37 y, en consecuencia, continúa vigente la Resolución Técnica Nro. 7 hasta el 30 de junio de 2014.

Originalmente la Resolución CD 60/2013 había aprobado la vigencia obligatoria de la Resolución Técnica Nro. 37 desde los ejercicios iniciados (o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados) el 1ro de enero de 2014.

Con la postergación dicha obligatoriedad se traslada a los ejercicios iniciados el 1ro de julio de 2014.

A su vez, el mismo comunicado, hace la aclaración de que “para los encargos de auditoría de EECC de ejercicios iniciados hasta la fecha mencionada, al igual que para otras tareas que no son de auditoría, hasta el 30 de junio de 2014 este Consejo Profesional aceptará indistintamente los informes profesionales confeccionados siguiendo las pautas de realización y revisión dispuestas tanto por la RT FACPCE Nº 7 como por la RT FACPCE Nº 37 (por ser admitida su aplicación anticipada).” A tal fin el profesional deberá dejar debidamente asentado en su informe o certificación que norma está aplicando en el mismo.


Fuente: CPCECABA